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Foto del escritorCarlos Odriozola

Imposibilidad de ocupar cargos públicos si se tiene la calidad de deudor alimentario moroso.

BOLETÍN INFORMATIVO 30/2023


Ciudad de México, 22 de Agosto de 2023

A nuestra clientela, equipo de trabajo y amistades,


“Imposibilidad de ocupar cargos públicos si se tiene la calidad de deudor alimentario moroso”


Recientemente se dio a conocer por el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador y de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos un Decreto, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023 (https://www.dropbox.com/s/gvd15jtuhazx7h4/DOF%20%20Diario%20Oficial%20de%20la%20Federaci%C3%B3n%281%29.pdf?dl=0 ) en donde se reformaron y adicionaron los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos diversas de la Ley General de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.


Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos pueden ser suspendidos bajo supuestos constitucionalmente regulados. Este Decreto adiciona la calidad de deudor alimentario moroso como una causa de imposibilidad de ocupar y ejercer un cargo empleo o comisión del servicio público.


Bufete Odriozola, S.C. ha representado exitosamente a diversas personas en asuntos de índole familiar, incluyendo en su defensa estrategias que ejercen el marco normativo actual tanto nacional como internacional, obteniendo con ello importantes sentencias.



Quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración, duda o comentario.



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