BOLETÍN INFORMATIVO 21/2023
Ciudad de México, 25 de Mayo de 2023
A nuestra clientela, equipo de trabajo y amistades,
“El derecho humano a la reparación integral del daño debe ser garantizado por el estado por ser de interés público.”
En una reciente jurisprudencia publicada el 21 de abril de 2023, con registro digital 2026334 (https://sjfsemanal.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2026334 ) La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que el derecho humano de las víctimas u ofendidos a la reparación integral del daño debe ser observado por las autoridades para su cumplimiento en todo momento, incluso cuando las partes han llegado a un acuerdo de reparación auto compositiva.
El derecho a la reparación integral consiste en un derecho humano que debe garantizar el estado, es por ello que aún cuando las partes llegan a un acuerdo de forma voluntaria y renuncian a someterse a una instancia jurisdiccional las autoridades que participaron en el procedimiento tendrán la obligación de vigilar que las negociaciones sean justas, y en igualdad de condiciones con la finalidad de proporcionar un efecto resarcitorio de los daños causados, ya que derivado de la importancia de los bienes jurídicos que se protegen los acuerdos reparatorios no pueden considerarse un asunto privado aun tratándose de medios auto compositivos, por lo que las autoridades deben considerar la vigilancia y cumplimiento como un asunto de interés público.
Bufete Odriozola, S.C. ha logrado importantes sentencias en materia de reparación integral del daño y resarcimiento del mismo, aplicando los tratados de derechos humanos y su debida interpretación.
Quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración, duda o comentario.

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