BOLETÍN INFORMATIVO 35/2023
Ciudad de México, 27 de Septiembre de 2023
“En materia mercantil, el emplazamiento o citación a juicio puede ser declarado nulo aunque se haya efectuado directamente con el demandado, si al hacerlo no se cumple con la ley”
Cuando la parte demandada fue notificada a un juicio mercantil, deben de cumplirse ciertas formalidades o dicha actuación puede ser declarada nula, aún cuando dicha persona haya recibido la notificación.
Los vicios que pueda presentar una diligencia de emplazamiento en un juicio en materia mercantil, no se convalidan necesariamente por el hecho de que la diligencia de notificación respectiva se entienda directamente con el demandado.
Los vicios de que pueda adolecer una diligencia de emplazamiento no se convalidan por el hecho de que la notificación respectiva se entienda directamente con el demandado, porque esto únicamente implica, en su caso, que ha alcanzado el conocimiento de la actuación que podría impugnar de nula, si es que la causa de nulidad queda de manifiesto a través de la misma notificación, mas no se traduce en el consentimiento expreso o tácito que serviría para calificar como subsanado el vicio.
Bufete Odriozola, S.C. cuenta con más de 30 años de experiencia en la atención exitosa de juicios civiles y mercantiles, en donde ha logrado obtener criterios novedosos ante los Tribunales, así como resoluciones judiciales favorables a sus clientes.
Quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración, duda o comentario.
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