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Foto del escritorCarlos Odriozola

Las obras de los autores deben protegerse en forma amplia.

BOLETÍN INFORMATIVO 51/2023

Ciudad de México, 07 de Noviembre de 2023


“Las obras de los autores deben protegerse en forma amplia.”


La obra es un objeto inmaterial o intangible, susceptible de fijarse en un soporte material como puede ser, de manera ejemplificativa más no limitativa, un libro, un disco, una fotografía o cualquier otro, que permita que la misma sea reproducida y comunicada; la cual resulta de gran importancia ya que, a partir de la configuración de la obra, se adquiere la calidad de autor y se posibilita la reclamación de los derechos correspondientes.


La protección a los derechos de autor no está subordinada al cumplimiento de requisitos formales, pues la creación de la obra es el título originario de ese derecho, sin que sea necesario, incluso, registrarla para obtener la protección de los derechos de autor, ya que dicha tutela surge en el momento mismo en que la obra haya sido fijada en un soporte material. Es por ello que, dentro del espectro de protección del derecho de autor, se encuentra toda clase de "obras" intelectuales, ya sean originales (primigenias) o derivadas (adaptaciones, traducciones, arreglos musicales), aunque para estar protegidas estas últimas, cualquiera que sea su modo y forma de expresión, deben presentar las características de originalidad o individualidad.


Bufete Odriozola, S.C. cuenta con más de 30 años de experiencia en litigio civil y de derechos de autor, habiendo logrado sentencias de avanzada para sus clientes.


Quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración, duda o comentario.





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