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  • Foto del escritorCarlos Odriozola

Los derechos morales de los autores deben protegerse en forma amplia.

BOLETÍN INFORMATIVO 49/2023


Ciudad de México, 03 de Noviembre de 2023


“Los derechos morales de los autores deben protegerse en forma amplia.”


El derecho de autor en su vertiente moral constituye una condición esencial para los autores, que les permite realizar ciertas acciones para conservar el vínculo personal con su obra. Se trata de una facultad con la que cuentan los titulares o creadores de las obras, mediante la cual pueden hacer oponibles sus derechos frente a cualquier individuo.


El derecho de autor en su vertiente moral goza de ciertas características entre las que se encuentran: a) la perpetuidad, dado que, sin importar el tiempo que haya transcurrido, un autor seguirá siéndolo siempre de las obras de su autoría; b) la inalienabilidad por lo que no puede ser sujeto de transmisión; c) la imprescriptibilidad porque nadie puede convertirse en autor de una obra cuya autoría falsamente se atribuya por el simple transcurso del tiempo; d) la irrenunciabilidad, en el sentido de que, aun cuando un autor en particular fuese obligado a renunciar a tal derecho o lo hiciere de manera voluntaria, estará en todo momento facultado para ser restituido en el goce absoluto de este derecho esencial cuando así lo reclame; y, e) la inembargabilidad, ya que corresponde a la esfera de los derechos personalísimos del autor, por lo que no se encuentra disponible en el comercio.


Asimismo, este derecho moral otorga al autor diversas prerrogativas, consistentes en: 1. El derecho de divulgación a través del cual el autor decide si quiere dar a conocer la obra de su autoría y en qué forma; 2. El derecho de paternidad que se traduce en el reconocimiento de su calidad de autor, así como en la posibilidad de determinar si en la divulgación de la obra respectiva se emplea su nombre real, un seudónimo o se divulga en forma anónima; 3. El derecho de integridad a través del cual el autor puede oponerse a cualquier deformación, mutilación u otra modificación a su obra, así como a toda acción o atentado a la misma que cause demérito, perjuicio o menoscabo a la reputación del autor; 4. El derecho de modificar su obra o facultar a otros para que lo hagan; y, 5. El derecho de retracto a través del cual un autor puede pedir el retiro de la obra o de sus ejemplares del comercio.


Bufete Odriozola, S.C. cuenta con más de 30 años de experiencia en litigio civil y de derechos de autor, habiendo logrado sentencias de avanzada para sus clientes.


Quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración, duda o comentario.





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